Juez Jorge Luis Reséndiz Reyes aborda en El Arte de lo Bueno y lo Justo temas sobre herencias, seguros y donaciones

Morelia, Michoacán, 1 de junio de 2026.- Las herencias, los seguros y la nulidad de
donaciones fueron los temas abordados por el juez Jorge Luis Reséndiz Reyes, titular
del Juzgado Cuarto Civil de Morelia, durante una nueva emisión del programa El Arte
de lo Bueno y lo Justo, producido por el Poder Judicial de Michoacán en coordinación
con el Sistema Michoacano de Radio y Televisión, espacio en el que explicó de manera
clara diversos procedimientos y casos relacionados con la materia civil y su impacto en
la vida cotidiana de las familias.

Durante el programa, el juzgador explicó que los juicios sucesorios pueden tramitarse
por la vía jurisdiccional o ante notario, dependiendo de las circunstancias de cada caso.
Señaló que cuando una persona fallece dejando testamento se trata de una sucesión
testamentaria, mientras que cuando no existe ese documento, la ley determina
quiénes tienen derecho a heredar conforme al parentesco, vínculo matrimonial o
conyugal, en lo que se conoce como sucesión intestamentaria.

Indicó que este tipo de asuntos son de los más comunes en los órganos
jurisdiccionales civiles y ejemplificó con casos en los que deben analizarse distintos
tipos de relaciones familiares para determinar la distribución legal de la herencia y
garantizar el respeto de derechos.

Asimismo, aclaró que una donación únicamente puede realizarse entre personas vivas,
por lo que jurídicamente no es válido donar bienes “para después de la muerte”, ya
que en esos casos lo procedente sería elaborar un testamento. Como ejemplo,
mencionó el caso de una adulta mayor que pretendió donar su vivienda a una persona
que la cuidó durante sus últimos años, mediante un contrato que surtiría efectos
después de su fallecimiento; sin embargo, al no existir testamento ni parentesco legal,
el acto no tuvo validez jurídica.

Respecto a la nulidad de las donaciones, explicó que la ley establece límites para
proteger a las personas, especialmente a quienes se encuentran en condición de
vulnerabilidad. Detalló que una donación puede anularse parcial o totalmente cuando
la persona dona todos sus bienes y queda sin medios para subsistir o cuando
existieron situaciones de engaño o abuso.

El juez también abordó el tema de la responsabilidad civil y la relevancia de conocer
las coberturas y alcances de los seguros, particularmente los de daños a terceros.
Explicó que este tipo de pólizas permiten responder económicamente por los daños y
perjuicios ocasionados a otras personas, situación que frecuentemente llega a los
juzgados civiles.

Entre los ejemplos expuestos, relató el caso de una persona adulta mayor que resultó
lesionada al viajar en una unidad de transporte público. En dicho asunto, la
aseguradora de la asociación de transportistas respondió por los daños ocasionados.
Con este tipo de contenidos, el Poder Judicial de Michoacán continúa fortaleciendo los
espacios de difusión y acercamiento con la ciudadanía, a través de programas que
permiten explicar de manera clara y accesible diversos temas jurídicos relacionados
con la protección de derechos y el acceso a la justicia.

Este y otros episodios pueden consultarse a través de las plataformas digitales oficiales
del Poder Judicial: https://youtu.be/wnrmmMYP6QE