Adriana Campos propone frenar clausuras injustificadas de negocios por delitos cometidos por terceros
A fin de proteger a los negocios que generan empleos y actividad económica, evitando que sean clausurados cuando en sus instalaciones se cometa un delito por personas ajenas a su administración, la diputada Adriana Campos Huirache propuso una iniciativa de reforma ante el Pleno del Congreso de Michoacán.
La coordinadora del Grupo Parlamentario del PRI en la LXXVI Legislatura propuso reformar la Ley Orgánica Municipal y el Código de Justicia Administrativa, para establecer límites a las autoridades municipales en la aplicación de suspensiones, clausuras o revocaciones de licencias.
Adriana Campos Huirache señaló que mantener un negocio representa un reto ante factores como el acceso limitado al crédito, trámites, cargas laborales y fiscales, falta de certeza jurídica, deficiencias de infraestructura y las presiones que enfrenta el sector productivo por la inseguridad y recordó que, de acuerdo con la estimación estatal de INEGI sobre esperanza de vida de los negocios, en Michoacán un establecimiento tiene una expectativa promedio de entre 6.6 y 7.3 años.
La legisladora también expuso que la actividad económica enfrenta afectaciones derivadas de cobros ilegales a distintos sectores productivos y citó estimaciones de funcionarios de la Fiscalía General del Estado que refieren impactos de entre 7 mil 200 y 10 mil 800 millones de pesos anuales en el sector aguacatero, entre mil 713 y 3 mil 426 millones en el limón, además de afectaciones en actividades como mezcal, resina, madera, comercios y transporte.
Ante este escenario, advirtió que la clausura de un establecimiento por un delito cometido en su interior puede representar un golpe adicional para propietarios, trabajadores y familias, particularmente cuando el responsable del negocio no tuvo participación alguna en los hechos. Por ello, planteó que las medidas administrativas no puedan aplicarse de manera automática únicamente porque ocurrió un ilícito dentro de un establecimiento.
La propuesta establece que una suspensión, clausura temporal o definitiva, o la revocación de una licencia, permiso o autorización, sólo pueda ordenarse cuando la autoridad acredite, aunque sea de manera indiciaria, la participación del titular, propietario, poseedor, administrador o responsable; su tolerancia, consentimiento o colaboración dolosa; la obtención de un beneficio económico derivado del ilícito, o el incumplimiento de obligaciones legales directamente relacionadas con los hechos.
Asimismo, Adriana Campos plantea que la comisión de delitos por clientes, usuarios, visitantes, proveedores o cualquier tercero ajeno a la administración del establecimiento no genere por sí misma responsabilidad administrativa para el propietario ni constituya causa suficiente para su clausura. En el caso del Código de Justicia Administrativa, se propone que cualquier medida de suspensión o clausura esté sustentada en una resolución fundada y motivada que acredite la responsabilidad correspondiente.
Finalmente puntualizó que esta iniciativa surge a raíz de diversos planteamientos de la población que ha sido víctima, por ello, plantea esta reforma para proteger a los establecimientos comerciales de clausuras injustificadas y garantizar que cualquier sanción administrativa se aplique únicamente cuando exista responsabilidad acreditada del titular del negocio.
